A MODO DE PRESENTACION

Desde hace ya algunos años estamos difundiendo ideas en los aspectos penales. Nos interesa sobremanera el fenómeno latinoamericano y sus fuertes aspectos criminológicos. Creemos que, cada día más, se acentúa en nuestros territorios la idea de un Derecho penal de la seguridad que restringe el derecho de las personas en sus ámbitos de libertad personal y, por cierto, en aspectos procesales. Nos hemos visto poco a poco incorporados a los nuevos sistemas procesales penales orales que están llegando, como gran solución en algunos casos, a toda latinoamérica. Se ha impuesto, desde ese punto de vista, un sistema que nos es alejado en cuanto a nuestra idiosincracia. Los sistemas procesales originados en sistemas inquisitivos, escriturados y secretos, llegaron a un punto de colapso que no se pudo sustentar en el tiempo. Pero los nuevos sistemas acusatorios tampoco se pueden definir como algo propio nuestro. Desde luego que compartimos su existencia y la preferimos, por cierto, a los sistemas inquisitivos ya en franco retroceso, pero han significado asimismo, un cambio profundo en la forma de hacer la justicia que poco a poco, esperamos, se vaya haciendo una realidad y que pueda, en definitiva, servir en mejor medida para cumplir su objetivo final, justicia, y no resignación frente al poder y la fuerza del poderoso.
Desde el punto de vista del Derecho penal sustancial, hemos asumido una postura favorable a la escuela funcionalista del Derecho penal en su version de Jakobs por cuanto creemos que resulta mas acorde con los nuevos tiempos. tiempos llenos de contactos anónimos en los cuales las transacciones, negocios, incluso de gran importancia económica, se realizan entre personas que nunca se han visto físicamente, no se han dado la mano, para concretar un contrato. Resulta por ello, imposible en ese tipo de relaciones, cada vez mas comunes, pretender encontrar la voluntad final de quien realizó la acción. De este modo, se hace necesario normativizar dichas relaciones y llevarlas hacia estandares que sean mucho más realistas en cuanto a la aplicación de una sanción adecuada en el momento de la defraudación, por alguna de las partes, de las expectativas gneradas en el cumplimiento de lo convenido. Por ello, pensamos, que la Imputación Objetiva se transforma en el mecanismo adecuado para dirimir las disputas y procurar aplicar una sentencia justa.
Para explicar de que se trata la Imputacion Objetiva, hemos publicado el libro "Manual de Imputación Objetiva", Editorial Metropolitana, Chile, 2010, que  explica en terminos sencillos como se puede llevar a la práctica, en una caso concreto, la aplicación de éste sistema de imputación.
Este libro, cuya primera edición ya se agotó en Chile, se está también distribuyendo en Ecuador, para que nuestros lectores de ese país, el que conozco personalmente y admiro profundamente, puedan también adquirirlo. Estamos preparando la segunda edición revisada, aumentada y corregida de la primera edición.

Acá va el link: http://www.editorialmetropolitana.cl/mislibros.php

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